Decreto de Ley 60

Un decreto de la Ley 60-2019 es un contrato de incentivos con el Gobierno de Puerto Rico que exige cumplir condiciones verificables durante años. Quien lo tiene necesita demostrar dónde presta sus servicios, a quién factura y cuánto empleo mantiene. El software no otorga beneficios ni verifica cumplimiento; ordena la evidencia.

Qué es un decreto y qué lo diferencia de un incentivo automático

El Código de Incentivos de Puerto Rico, conocido como Ley 60-2019, reúne los beneficios contributivos que antes estaban dispersos en varias leyes. Algunos beneficios se obtienen por ley, pero otros, entre ellos los de exportación de servicios o manufactura, se conceden mediante un decreto: un acuerdo individual que se solicita a la Oficina de Incentivos del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y que fija obligaciones concretas para el beneficiario.

Para la exportación de servicios, el beneficio más conocido es una tasa fija reducida de contribución sobre ingresos aplicable al ingreso elegible. Pero «elegible» tiene un significado preciso: servicios que se prestan desde Puerto Rico a clientes fuera de la Isla, dentro de las actividades que la ley y el decreto describen. Un ingreso de un cliente local, aunque facture la misma empresa, queda fuera de esa tasa.

Por eso un decreto no es una etiqueta que se adhiere al negocio, sino una promesa que hay que sostener con documentos cada año. La solicitud inicial, los términos del decreto y los informes posteriores deben leerse como un conjunto.

Condiciones que hay que poder demostrar

Cada decreto enumera sus condiciones. Las más habituales tienen que ver con el nivel de empleo que se mantiene en la Isla, con la naturaleza de los servicios, con la ubicación de los clientes y con las inversiones o gastos locales comprometidos. Algunos exigen además contribuciones a fines específicos o la presentación de estados financieros auditados con el informe de cumplimiento.

Un ejemplo ilustra la carga de prueba. Una consultora de software con decreto de exportación de servicios factura a veinte clientes, de los cuales dos son empresas ubicadas en Puerto Rico. Para separar el ingreso elegible del que no lo es necesita, por cada cliente, el país de su domicilio, el contrato que describe el servicio y las facturas del año. Si esa información no se capturó cuando se emitió la factura, reconstruirla después es lento y discutible.

Lee tu decreto con tu asesor y convierte cada condición en una pregunta de seguimiento trimestral: cuántos empleados tengo hoy, qué parte de mis ingresos es elegible, qué gastos locales hice. El decreto se cumple durante el año, no el día antes de radicar el informe.

Cómo se organiza la evidencia a lo largo del año

La evidencia más fácil de conseguir es la que se guarda en el momento. Una factura que ya trae el país y el estado del cliente, un contrato firmado y archivado bajo el nombre del cliente y un expediente de empleado con fecha de ingreso son piezas que no requieren reconstrucción. Cuando llega el informe, el asesor solo selecciona.

Con 4invoices conservas el PDF de cada factura en un archivo por cliente; con 4mycontracts, los acuerdos firmados con su historial de versiones; con 4softhr, los expedientes de empleados con sus fechas. Con 4softcrm puedes anotar el domicilio de cada cliente en su ficha. Son registros de apoyo: el sistema no clasifica el ingreso como elegible ni calcula porcentajes de cumplimiento.

Define una carpeta o una convención de nombres desde el primer mes y respétala. Una nomenclatura como «cliente–año–tipo de documento» parece trivial, pero es la diferencia entre entregar un expediente en una tarde o en dos semanas.

El informe anual y la relación con tu asesor

El beneficiario de un decreto presenta periódicamente un informe de cumplimiento a la oficina que lo concedió, junto con los documentos y las cuotas que el decreto y la reglamentación establezcan. No cumplir con el informe, o presentarlo con datos que no se pueden sustentar, es una vía directa para perder el beneficio o enfrentar ajustes con intereses.

El informe lo prepara el asesor o el CPA con la información que el negocio le entrega. Cuanto más completa y mejor organizada llegue esa información, menos horas facturadas y menos preguntas sin respuesta. Ponte una fecha interna, un mes antes del vencimiento, para entregar el paquete completo.

Los requisitos cambian por reglamento y por enmienda a la ley. Consulta siempre el texto vigente de tu decreto y la guía de la Oficina de Incentivos; lo que valía para el decreto de un conocido firmado hace años puede no valer para el tuyo.

Lo que el software no puede hacer por ti

Ningún producto del ecosistema solicita decretos, presenta informes ni confirma que cumples. Tampoco se conecta al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio ni a Hacienda. Su aporte es práctico y limitado: mantener facturas, contratos y expedientes de personal disponibles, completos y fechados, para quien tiene que demostrar el cumplimiento.

Antes de contratar cualquier herramienta, pregúntale al asesor qué datos necesita cada año. Con esa lista, decide qué campos añadir a tus facturas y fichas de cliente desde el próximo mes.

Un recurso útil es una hoja de seguimiento trimestral con cuatro columnas: condición del decreto, cifra actual, documento que la respalda y responsable. Si una fila queda vacía, ya sabes dónde falta evidencia con tiempo suficiente para corregirlo. Compárala con el informe del año anterior para detectar tendencias, como una caída de empleo o un aumento de ingresos locales, antes de que se conviertan en un incumplimiento.

Si el negocio cambia de actividad, abre otra línea de servicios o traslada empleados, avisa a tu asesor antes de ejecutar el cambio. Un decreto se otorga sobre unos hechos concretos, y modificar esos hechos sin revisar el decreto puede crear un incumplimiento que nadie planeó.

01
El tranque

El informe anual del decreto obliga a buscar facturas y contratos de todo el año.

La salida

Archiva tus facturas en PDF y ordena tus contratos por cliente para preparar el informe del decreto con tu asesor. Los productos no generan el informe anual ni verifican el cumplimiento del decreto.

02
El tranque

Cuesta demostrar qué ingresos provienen de clientes fuera de Puerto Rico.

La salida

Anota el país de cada cliente en tu CRM y en tus facturas, y separa esos ingresos en tu contabilidad con tu CPA. No hay un reporte automático por origen del ingreso.

03
El tranque

Nadie recuerda cuántos empleos se prometieron en la solicitud.

La salida

Registra a cada empleado en 4softhr con su puesto y fecha de ingreso, para que el conteo que presentes a tu asesor salga de expedientes y no de memoria.

¿Qué es un decreto de Ley 60 para exportación de servicios?

Es un acuerdo individual con el Gobierno de Puerto Rico, bajo el Código de Incentivos, que concede un tratamiento contributivo favorable al ingreso elegible de servicios prestados desde la Isla a clientes fuera de ella. Tiene condiciones y un informe periódico. Si el negocio las cumple depende de los hechos y de los términos de su decreto; lo evalúa un asesor.

¿Dónde se solicita un decreto?

La solicitud se presenta ante la Oficina de Incentivos del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, siguiendo los formularios, requisitos y cuotas que esa oficina publique. Conviene preparar con un asesor el negocio, el empleo y las proyecciones antes de radicar, porque lo que se declara en la solicitud queda como compromiso.

¿Puedo mezclar ingresos locales y de exportación bajo el mismo decreto?

El decreto de exportación aplica solo al ingreso elegible. El ingreso de clientes en Puerto Rico u otras actividades quedan fuera de esa tasa y tributan según las reglas generales. Por eso importa separar, en facturas y libros, a qué cliente y a qué servicio corresponde cada ingreso, y revisar la separación con tu CPA antes de cada cierre trimestral.

¿Los productos de 4b2b verifican que cumplo con mi decreto?

No. Ofrecen facturas en PDF, contratos firmados, expedientes de personal y un CRM, que sirven como respaldo documental. La verificación de cumplimiento, el informe anual y cualquier comunicación con la Oficina de Incentivos son responsabilidad tuya y de tu asesor, y se hacen fuera del sistema, con la documentación que hayas ido archivando durante el año.

Incorporación

Evidencia ordenada para el decreto

Facturas, contratos y expedientes guardados; el cumplimiento lo valida tu asesor.