Guías · SANCIONES IGI

Sanción por presentar el IGI fuera de plazo en Andorra

Sanción por presentar el IGI fuera de plazo en Andorra: es una de las preguntas más buscadas por autónomos y sociedades que facturan con el Impuesto General Indirecto, y los resultados casi siempre hablan del IVA español, que aquí no se aplica. El IGI se regula en la Llei 11/2012, y el marco general de infracciones y sanciones tributarias está en la Llei 21/2014 de bases del ordenamiento tributario, ambas publicadas en el Butlletí Oficial del Principat d'Andorra (bopa.ad). La administración competente es el Departament de Tributs i de Fronteres (Agència Tributària Andorrana, atc.ad). El recargo por presentación extemporánea tiene una escala fijada por el artículo 24 de la Llei 21/2014: si la presentación es voluntaria (sin requerimiento previo) y han pasado menos de dos meses, el recargo es del 2% del importe ingresado fuera de plazo; entre dos y doce meses, del 5%; pasados doce meses, del 10%. Si la presentación llega tras un requerimiento de la administración, el recargo es del 15%. A los recargos pueden sumarse intereses de demora y, en su caso, sanciones. Los plazos de cada periodo y el modelo de declaración los publica la Agencia Tributaria en atc.ad; compruébalos allí, porque las normas se modifican (datos consultados el 30/09/2026 en el texto de la Llei 21/2014 del portal jurídico de Andorra).

01
Pregunta

¿Qué recargo se aplica si presento el IGI tarde y de forma voluntaria?

Respuesta

Según el artículo 24 de la Llei 21/2014: 2% si han pasado menos de dos meses, 5% entre dos y doce meses y 10% pasados doce meses, sobre el importe ingresado fuera de plazo. Si hay requerimiento previo de la administración, el recargo es del 15%.

02
Pregunta

¿Dónde se regula la sanción por un IGI presentado fuera de plazo?

Respuesta

En dos normas: la Llei 11/2012, que regula el impuesto y las obligaciones de declaración, y la Llei 21/2014 de bases del ordenamiento tributario, que contiene el régimen general de infracciones y sanciones. Ambos textos constan en el BOPA (bopa.ad). Consulta siempre la versión consolidada vigente, porque las leyes se modifican.

03
Pregunta

¿Qué plazo de declaración debo cumplir?

Respuesta

Depende del periodo de liquidación que te asigne la administración (por ejemplo, mensual, trimestral o semestral). El calendario y el modelo de declaración oficiales se publican en atc.ad. Nota de coherencia: otra guía de este sitio menciona modelos y plazos concretos; antes de fiarte de ellos, contrástalos con atc.ad, ya que no hemos podido verificarlos en la fuente oficial.

04
Pregunta

¿Cómo evito el error más frecuente, que es copiar el razonamiento del IVA español?

Respuesta

El IGI andorrano y el IVA español son impuestos de sistemas tributarios distintos: plazos, modelos, recargos y sanciones no coinciden. Ningún consejo sobre IVA de la Agencia Tributaria española se aplica a Andorra ni al revés.

05
Pregunta

¿Qué hago si ya he presentado tarde?

Respuesta

Reúne la fecha de presentación, el justificante y el periodo afectado, y consulta directamente al Departament de Tributs i de Fronteres o a un asesor fiscal colegiado en Andorra. Él confirmará el importe exacto que corresponde a tu caso.

06
Pregunta

¿Cómo ayuda un programa a no llegar tarde?

Respuesta

Un programa de facturación puede ordenar las facturas y recordarte fechas, pero no sustituye la declaración oficial. 4invoices.net no presenta declaraciones de IGI ante la administración andorrana ni calcula sanciones; la presentación la haces tú o tu asesor por los canales oficiales.

Herramientas para ordenar la facturación antes de declarar

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Ver también: SIGMA: la administración tributaria del Govern d'Andorra · IGI 4,5%: el tipo de consumo más bajo de Europa