SRL, SA o EAS: cuál elegir según tu proyecto
En Paraguay las sociedades comerciales se rigen principalmente por el Código Civil y por la legislación comercial, y la elección de la forma condiciona el resto del camino. La Sociedad de Responsabilidad Limitada reúne a pocos socios cuyo riesgo se limita a lo aportado; el capital se divide en cuotas y la transmisión de cuotas suele requerir el consentimiento de los demás socios. Es la forma habitual de comercios, estudios de servicios y empresas familiares.
La Sociedad Anónima divide el capital en acciones, tiene órganos de gobierno más formales y resulta natural cuando se prevé la entrada de inversores, la emisión de distintas clases de acciones o una estructura de grupo. A cambio exige más formalidades societarias: asambleas, libros y actas que deben mantenerse al día aunque el negocio sea pequeño.
La Empresa por Acciones Simplificada fue incorporada por la Ley 6480/2020. Se diseñó para emprendedores: puede constituirse mediante medios electrónicos, con estatuto flexible y con un solo socio. Es una buena opción para una startup de software o un servicio profesional que quiere formalizarse sin arrastrar el peso de una SA tradicional. Antes de decidir, confirma con tu escribano o abogado las condiciones vigentes, porque los requisitos de cada tipo se actualizan por reglamentación.
Un criterio práctico para decidir: si los socios ya saben que dentro de dos años querrán vender una parte a un inversor, empezar como SA o EAS evita una transformación posterior. Si, en cambio, se trata de dos hermanos que explotan un comercio y no piensan abrir el capital, la SRL es más simple de administrar y de explicar a un banco.
Pasos del trámite en orden
El primer paso es definir la denominación social y comprobar que no esté en uso. Luego se redacta el contrato social o el estatuto, donde constan el objeto, el domicilio, el capital, los aportes de cada socio, la administración y la duración. Para la SRL y la SA el instrumento se otorga ante escribano público; para la EAS el procedimiento digital sigue la reglamentación específica.
Con el instrumento otorgado se solicita la inscripción en el Registro Público correspondiente y se tramita el RUC ante la SET/DNIT. El RUC se gestiona en el sistema Marangatu, donde la sociedad declara su actividad económica, su domicilio y su representante. Con el RUC activo se puede pedir la clave de acceso para operar en línea y solicitar la habilitación para emitir documentos electrónicos.
Después vienen las altas locales y laborales. El municipio donde funcione el local emite la patente comercial, y si habrá empleados hay que inscribir a la empresa como empleadora en el Instituto de Previsión Social y comunicarlo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Conviene hacerlo antes de la primera contratación y no después.
Una vez que la sociedad tiene RUC, el siguiente hito es la habilitación para facturar. La SET/DNIT define el procedimiento para ser facturador electrónico, que incluye un certificado de firma digital emitido por un prestador acreditado. Tramítalo en paralelo con la inscripción, porque su emisión no es inmediata.
Qué presupuestar antes de empezar
No hay una cifra única válida para todos los casos. Los honorarios del escribano, las tasas registrales, los aranceles de publicación cuando correspondan y el costo del certificado de firma digital varían según el tipo social, el capital y el profesional elegido. Pide un presupuesto escrito que separe honorarios de tasas oficiales, y consulta los valores vigentes en las instituciones competentes en lugar de fiarte de listas viejas.
Sí conviene reservar desde el inicio una partida para el contador y para el certificado de firma digital que exigirá la facturación electrónica. Una empresa que descubre estos costos después de constituirse suele retrasar su primera factura varias semanas, y ese retraso es el que más duele en el flujo de caja.
Lo que pasa en los primeros treinta días
La secuencia práctica es abrir la cuenta bancaria de la empresa con la documentación inscripta, activar el acceso a Marangatu, solicitar la habilitación de facturación electrónica y definir quién llevará la contabilidad. Los bancos aplican sus procedimientos de conocimiento del cliente en el marco de la normativa de prevención de lavado de dinero, así que prepara el contrato social, el RUC, la cédula de los representantes y el comprobante del domicilio.
Un ejemplo habitual: dos socios abren una SRL de consultoría en Asunción. Firman el contrato un lunes, obtienen la inscripción en unas semanas, activan el RUC y recién entonces pueden emitir la primera factura con numeración legal. Si el primer cliente ya espera, avisa con anticipación el calendario real, porque ninguna herramienta acorta los plazos del registro ni de la SET/DNIT.
Define también quién será el responsable de la clave de Marangatu y quién la usará en el día a día. Las empresas pequeñas suelen dejar esa clave en manos de un único socio, y cuando esa persona se ausenta nadie puede presentar nada.
Errores frecuentes al constituir
El objeto social redactado de forma demasiado estrecha obliga a reformar el estatuto cuando el negocio crece hacia una actividad vecina. Lo contrario, un objeto genérico que enumera veinte actividades, genera dudas al registrar la actividad económica en el RUC. Un punto medio, con la actividad principal clara y algunas conexas, evita ambos problemas.
Otro error es olvidar que cada socio debe estar identificado con su propio RUC o cédula, y que los aportes en especie necesitan valuación. También es común elegir el domicilio de la sociedad por conveniencia y después operar desde otro lugar: el domicilio declarado ante la SET/DNIT, el registro y el municipio debe coincidir con el real.
Dónde ayuda el ecosistema 4b2b y dónde no
4invoices.net permite emitir facturas en PDF con el impuesto que indiques y conservarlas en un archivo ordenado; no se conecta a la SET/DNIT ni genera el formato electrónico SIFEN. 4softerp.net lleva contabilidad multiempresa y 4softcrm.net ordena la relación con clientes. Ninguno reemplaza al escribano, al registro ni a la SET/DNIT, que siguen siendo las autoridades de cada trámite.