Guías · IRPF ANDORRANO

IRPF andorrano — Tramos, tipo y reglas para residentes fiscales

El IRPF andorrano (Llei 5/2014, de 24 de abril) tiene un único tipo de gravamen del 10%, no una escala de tres tipos (artículo 43). Los «tramos» que se citan habitualmente (0%, 5% y 10%) son el resultado efectivo de dos mecanismos: el mínimo personal exento de 24.000 EUR (artículo 35) y una bonificación del 50% de la cuota, limitada a 800 EUR (artículo 46). Fuente: Llei 5/2014, BOPA n.º 30 de 21/05/2014, y Guia pràctica de l'IRPF (renta 2025), Govern d'Andorra, consultadas el 23/10/2026.

01
Pregunta

¿Cuáles son los tramos del IRPF de Andorra?

Respuesta

Tramos efectivos sobre la base de tributación general de un contribuyente sin cargas familiares: (1) hasta 24.000 EUR: 0% (mínimo personal exento); (2) de 24.000 a 40.000 EUR: 5% efectivo (10% menos la bonificación del 50%); (3) a partir de 40.000 EUR: 10% sobre el exceso de 24.000 EUR, descontando 800 EUR de bonificación máxima. La Ley fija un solo tipo del 10%; los tramos salen de la reducción y de la bonificación. Fuente: Llei 5/2014, arts. 35, 43 y 46, y Guía del IRPF 2025 (Govern d'Andorra), consultadas el 23/10/2026.

02
Pregunta

Ejemplo de cálculo: ¿cuánto IRPF paga una base general de 100.000 EUR?

Respuesta

Cálculo derivado de los artículos 35, 43 y 46 (sin otras reducciones ni deducciones): (100.000 − 24.000) × 10% = 7.600 EUR de cuota de tributación; la bonificación es el 50% de ese importe con un máximo de 800 EUR, por tanto 7.600 − 800 = 6.800 EUR (6,8% efectivo). Con una base de 40.000 EUR: 16.000 × 10% = 1.600 − 800 = 800 EUR. Es una estimación de la fórmula legal, no una liquidación oficial.

03
Pregunta

¿Cuál es el mínimo personal exento?

Respuesta

24.000 EUR para todos los obligados tributarios. Se incrementa a 30.000 EUR en caso de incapacidad y a 40.000 EUR si el cónyuge o la pareja estable que convive con el obligado no percibe ninguna renta de la base general (entre los dos no puede superarse 40.000 EUR). Las rentas del ahorro (capital mobiliario y ganancias de capital) tienen además un mínimo exento de 3.000 EUR. Fuente: Guía práctica del IRPF 2025 y Llei 5/2014, arts. 35 y 37, consultadas el 23/10/2026.

04
Pregunta

¿Quién es residente fiscal en Andorra?

Respuesta

Es residente fiscal quien permanece más de 183 días durante el año natural en el territorio andorrano (contando las ausencias esporádicas, salvo que acredite su residencia fiscal en otro país), o quien tiene en Andorra el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, directa o indirectamente. Fuente: Llei 5/2014, art. 8, consultada el 23/10/2026.

05
Pregunta

¿Qué reducciones familiares existen?

Respuesta

Según la Guía del IRPF 2025 (Govern d'Andorra), 1.000 EUR por cada descendiente menor de 25 años, persona acogida o tutelada, y 1.000 EUR por cada ascendiente que cumpla los requisitos, con rentas no superiores al salario mínimo interprofesional (17.367,96 EUR en 2025); con discapacidad reconocida se aplica un coeficiente de 1,5. Las cifras de la Ley de 2014 (750 EUR) fueron modificadas por la Llei 5/2025. Fuente: Guía práctica del IRPF 2025, consultada el 23/10/2026.

06
Pregunta

¿Cuándo y cómo se presenta la declaración del IRPF?

Respuesta

Entre el 1 de abril y el 30 de septiembre del año siguiente al período impositivo, con el formulario 300, ante el Departament de Tributs i de Fronteres: presencialmente o por vía telemática en la Sede Electrónica del Govern (con certificado digital). No están obligados quienes solo obtienen rentas del trabajo y/o del capital mobiliario sujetas a retención, ni, en general, quienes solo tienen rentas del trabajo y del capital inmobiliario que suman menos de 24.000 EUR. Fuente: Guía práctica del IRPF 2025 y Llei 5/2014, art. 55, consultadas el 23/10/2026.

07
Pregunta

¿Ha habido una reforma del IRPF en 2025 o 2026?

Respuesta

La Llei 5/2025, de 6 de marzo, para el crecimiento sostenible y el derecho a la vivienda, cambió aspectos del IRPF (reducciones personales y familiares, vivienda habitual, alquiler asequible, ganancias inmobiliarias) aplicables a la renta de 2025. No hemos encontrado ninguna ley publicada que cambie el tipo del 10% ni el mínimo de 24.000 EUR. Comprueba siempre la versión vigente en el Departament de Tributs i de Fronteres. Fuente: Guía práctica del IRPF 2025, Govern d'Andorra, consultada el 23/10/2026.

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Ver también: SIGMA: la administración tributaria del Govern d'Andorra · IGI 4,5%: el tipo de consumo más bajo de Europa