Planilla electrónica PLAME + EsSalud / ONP

La planilla electrónica peruana tiene dos partes: el T-Registro, donde se inscribe a cada trabajador, y el PLAME, donde se declara cada mes la planilla de pagos. Allí figuran remuneraciones, aportes a EsSalud, ONP o AFP y retenciones. 4softhr.net no calcula la planilla de Perú.

T-Registro y PLAME: dos partes de una misma obligación

El T-Registro es el registro de información laboral de los trabajadores, prestadores de servicios y otros sujetos. Se alimenta con altas, modificaciones y bajas, y concentra datos como el vínculo laboral, el régimen de salud y el régimen pensionario. Un trabajador que no está dado de alta no puede incluirse correctamente en la planilla.

El PLAME es la planilla mensual de pagos. Se arma cada mes con los trabajadores registrados y los conceptos remunerativos, y se presenta a la SUNAT junto con la declaración de los aportes. Los datos del PLAME deben ser coherentes con el T-Registro: una diferencia entre ambos es motivo de observación.

Además, la empresa entrega al trabajador su boleta de pago, que puede ser electrónica. La boleta detalla remuneración, descuentos y neto; guárdala firmada o con constancia de entrega, porque es la prueba de que se informó al trabajador lo que se le pagó y descontó.

Aportes y descuentos: quién paga qué

El empleador aporta a EsSalud un porcentaje de la remuneración del trabajador, a su costo y sin descontarlo al trabajador; la tasa general es de 9 %. El trabajador contribuye a un sistema de pensiones: si está en el Sistema Nacional de Pensiones, aporta a la ONP un 13 %; si está en el sistema privado, aporta a su AFP el porcentaje correspondiente más comisión y prima de seguro.

Las comisiones y primas de las AFP varían por administradora y se actualizan, por lo que no conviene escribir una cifra en una política interna: se consulta el valor vigente al preparar cada planilla. Algunos trabajadores eligen sistema al ingresar, y ese dato se registra y se respeta, aunque puede cambiarse bajo ciertas condiciones.

Para quienes perciben rentas de quinta categoría por encima del mínimo exento, el empleador además retiene el impuesto a la renta mensualmente, como adelanto del impuesto anual. Esa retención se determina con reglas particulares que dependen de la proyección de ingresos anuales del trabajador.

Beneficios sociales y fechas clave

En el régimen general, los trabajadores reciben dos gratificaciones al año, por Fiestas Patrias y por Navidad, que se pagan en julio y diciembre. A ellas se suma la bonificación extraordinaria que la ley establece. La compensación por tiempo de servicios, o CTS, se deposita en una entidad financiera en mayo y noviembre.

Las vacaciones anuales son de treinta días calendario en el régimen general, tras cumplir el año de servicios, y existen reglas sobre su programación y su pago. Los regímenes laborales especiales, como el de la micro y pequeña empresa, tienen beneficios distintos, por lo que conviene identificar bajo qué régimen están inscritos los trabajadores.

Una empresa pequeña puede planificar su caja con un calendario simple: los meses de julio y diciembre concentran gratificaciones y los de mayo y noviembre los depósitos de CTS. Reservar una parte del flujo cada mes evita tener que financiar esos picos con deuda de corto plazo. Si la empresa tiene diez trabajadores y paga una gratificación equivalente a una remuneración mensual, el desembolso de julio duplica casi la planilla de ese mes.

Presentación mensual y errores frecuentes

El PLAME se presenta cada mes dentro del cronograma de la SUNAT, que depende del último dígito del RUC. Después de presentar, se genera el documento de pago y se abona dentro del plazo. Presentar sin pagar deja la deuda pendiente con intereses; pagar sin presentar, una declaración omitida.

Los errores típicos son olvidar la baja de un trabajador que se fue, incluir a un trabajador sin alta, aplicar mal el régimen pensionario o dejar sin registrar horas extras y bonificaciones. También es frecuente no incluir a prestadores de servicios que, por las condiciones reales de su trabajo, deberían estar en planilla.

Esto último merece atención: el principio de primacía de la realidad hace que, si un colaborador trabaja con subordinación, horario y remuneración fija, pueda considerarse laboral aunque tenga un contrato civil. Revisa los contratos de locación de servicios con asesoría laboral antes de que lo haga una inspección, y documenta quién dirige el trabajo, quién fija el horario y cómo se paga.

Control de asistencia y documentación laboral

Más allá de la planilla, la empresa debe conservar el registro de control de asistencia, las boletas de pago, los contratos, los documentos de vacaciones y las constancias de depósito de CTS. La inspección laboral revisa estos documentos y solicita que se exhiban ordenados y completos.

Un registro fiable de asistencia y de horas facilita calcular horas extras, descuentos por tardanzas y días de descanso. En una tienda con turnos rotativos, por ejemplo, saber con exactitud cuántas horas trabajó cada persona evita discusiones al cierre del mes y reduce el riesgo de reclamos.

Las licencias, descansos médicos y subsidios por maternidad o enfermedad tienen tratamiento propio frente a EsSalud, y su gestión requiere que la empresa conserve los certificados correspondientes. Un archivo por trabajador, con todos estos documentos, simplifica cualquier verificación.

Qué hace 4softhr.net y qué queda fuera

4softhr.net registra empleados, permisos y partes de horas. Esa información sirve como insumo para quien prepara la planilla, por ejemplo para saber cuántos días trabajó cada persona.

El cálculo de nómina de Perú no está disponible: 4softhr.net no calcula EsSalud, ONP, AFP ni retenciones de quinta categoría, no genera el T-Registro ni el PLAME y no los presenta ante la SUNAT. Esas tareas se hacen con tu contador y las herramientas de la SUNAT.

Con 4notify.net puedes enviar a tus trabajadores avisos por SMS o correo, por ejemplo el recordatorio de entrega de documentos, con el texto que redactes.

01
Obstáculo

Los aportes EsSalud y retenciones ONP/AFP se calculan manualmente — hay errores de descuento.

Solución

El cálculo de EsSalud, ONP o AFP y el PDT PLAME se hacen con tu contador o directamente ante la SUNAT. 4softhr.net registra empleados, permisos y horas; no calcula planilla ni genera el PDT PLAME.

02
Obstáculo

Los formularios PLAME consumen tiempo cada mes y hay riesgo de multas por presentación tardía.

Solución

La presentación mensual del PDT PLAME es un trámite ante la SUNAT y los vencimientos los controlas tú; 4b2b no genera la planilla electrónica ni envía alertas.

¿Qué es el PLAME y quién debe presentarlo?

El PLAME es la planilla mensual electrónica que se presenta a la SUNAT con las remuneraciones, descuentos y aportes de los trabajadores. Debe presentarlo el empleador que tiene trabajadores registrados en el T-Registro, cada mes y dentro del cronograma. Los datos tienen que ser coherentes con el T-Registro y con los pagos efectivamente realizados.

¿Cuánto aporta el empleador a EsSalud?

La tasa general del aporte del empleador a EsSalud es de 9 % de la remuneración, a cargo de la empresa. No se descuenta al trabajador. Existen regímenes y casos especiales con reglas distintas, por ejemplo en la micro y pequeña empresa, por lo que conviene confirmar la tasa aplicable con tu contador antes de presupuestar.

¿Cuándo se pagan las gratificaciones y la CTS?

En el régimen laboral general, las gratificaciones se pagan en julio y diciembre, y la CTS se deposita en mayo y noviembre. Los regímenes especiales pueden tener beneficios o plazos distintos. Programa tu flujo de caja con anticipación, porque esos meses concentran desembolsos que se suman a la remuneración corriente.

¿4softhr.net calcula la planilla peruana?

No. 4softhr.net gestiona empleados, permisos y partes de horas, pero el cálculo de nómina solo está disponible para Rumanía. No determina EsSalud, ONP, AFP ni retenciones de quinta categoría, y no genera ni presenta el T-Registro o el PLAME ante la SUNAT. Esos cálculos y trámites los realizas con tu contador.

¿Puedo contratar a un colaborador como independiente para evitar la planilla?

Solo si la relación realmente es independiente. Si el colaborador trabaja con subordinación, horario y pago fijo, la realidad puede determinar un vínculo laboral aunque exista un contrato civil, con consecuencias en beneficios y aportes. Antes de decidir, consulta con un abogado laboral para evaluar tu caso concreto, revisando contrato, horario, forma de pago y la existencia de órdenes directas.

Operación

Página informativa

Guía informativa; los trámites oficiales se realizan ante la autoridad competente.